2026-06-09

Caso Daniel Solano: el Tribunal de Impugnación rechazó un nuevo recurso de la querella en la causa

Declaró inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por el abogado de la familia Solano y quedó firme, por el momento, la resolución que confirmó las absoluciones por homicidio y las condenas dictadas en diciembre de 2025.

El Tribunal de Impugnación de Río Negro declaró inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por el abogado querellante Leandro Aparicio, representante de Manuel Solano, en el marco de la causa por la desaparición y presunto homicidio de Daniel Solano.

Leer también: Solano II: el policía Etchegaray fue condenado por vejaciones y quedó inhabilitado por cinco años

La resolución, firmada en el día de ayer por los jueces Carlos Mohamed Mussi, Adrián Fernando Zimmermann y Miguel Ángel Cardella, rechazó el recurso con el que la querella buscaba revertir la sentencia del 29 de abril pasado, que había confirmado el fallo del Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial.

En esa sentencia, dictada el 9 de diciembre de 2025, Walter Raúl Etchegaray fue condenado a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de vejaciones, además de recibir una inhabilitación especial por cinco años para desempeñar actividades policiales vinculadas al uso de armas o tareas de seguridad.

Al mismo tiempo, Etchegaray fue absuelto, por el beneficio de la duda, de la acusación de homicidio agravado en calidad de partícipe necesario. También fueron absueltos Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz, quienes estaban acusados por incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado.

En su recurso extraordinario, la querella sostuvo que tanto el Tribunal de Juicio como el propio Tribunal de Impugnación realizaron un análisis fragmentado de la actuación de los imputados y que no valoraron el contexto integral de una presunta desaparición forzada. Además, argumentó que el fallo se apartó de los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos similares.

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación consideró que el planteo no logró demostrar de manera concreta la arbitrariedad denunciada. Los jueces señalaron que el recurso se limitó a expresar una discrepancia con lo ya resuelto, sin refutar de forma específica los fundamentos de la sentencia cuestionada.

Asimismo, remarcaron que la presentación incumplía varios requisitos formales establecidos por la normativa vigente para este tipo de recursos extraordinarios, entre ellos la falta de algunos datos procesales y una fundamentación insuficiente.

Con esta decisión, el Tribunal resolvió declarar inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por la querella, manteniendo vigente la sentencia que había confirmado las absoluciones y la condena por vejaciones dictadas en el juicio realizado el año pasado.

Te puede interesar