JUSTICIA
Crece en Río Negro la cantidad de personas registradas por obstrucción de vínculos y deudores alimentarios
El Registro Civil de Río Negro acaba de cerrar el listado completo de deudores alimentarios en la provincia, aunque trazando un paralelismo con esta valiosa herramienta para que los padres abonen cuotas mensuales o reconozcan compromiso, se observó un crecimiento en la grilla de obstructores de vínculos.
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Respecto de los morosos, las últimas modificaciones que se sucedieron en el Registro de Deudores Alimentarios (Redam), informadas a través del Boletín Oficial de la provincia, indican un total de 1.624 progenitores que no llevan a cabo el compromiso legal. En el listado fue incluidas todas las personas por abecedario.
El Redam incluye a todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, aunque si la publicación no surte el efecto deseado, los alimentantes a través de adultos suelen apelar a la justicia para conseguir los aportes.
Estar comprendido en el registro implica limitaciones del ciudadano o ciudadana para contratar con el Estado o acceder a cargos públicos. La Ley Nº 3.475 que atiende estos casos, impulsa a la emisión de certificados ante requerimientos de persona física o jurídica, pública o privada, con interés legítimo, en forma gratuita.
El artículo 7º indica que las personas incluidas en el listado del Registro, mientras no regularicen su situación, no podrán también obtener habilitaciones, concesiones, licencias, permisos. Además, en varios municipios rionegrinos se han sancionado ordenanzas que limitan las posibilidades a los deudores. Hubo un caso en Viedma que se le impidió a un moroso participar de competencias deportivas institucionales.
La información del Registro surge de los juzgados de Familia de toda la provincia en forma periódica y posteriormente suele ser girada al mencionado Registro Civil, que a su vez posteriormente la suministra a la Dirección del Boletín Oficial.
Lazos familiares
Con el propósito de desalentar el incumplimiento de los regímenes de visita, el organismo oficial incluyó en el listado a ocho mujeres con el propósito de que permitan a los padres abrir las puertas para ver a sus hijos. De acuerdo a la nómina están domiciliadas en distintos puntos de la provincia.
La Ley Nº 4.456 de la provincia, la herramienta que creó el Estado para imponer el Registro Provincial de Obstructores de vínculo con los hijos tardó en entrar en vigencia. La norma fue sancionada y promulgada en 2009. Recién en julio de 2021 comenzó a regir cuando fue reglamentada.
A los efectos de esta Ley, se considera Obstructor de vínculo con los hijos a toda persona, padre, madre, tutor o guardador, que impide el vínculo de los mismos con el progenitor no conviviente o familia extendida, entendiéndose por ésta a los abuelos, tíos, primos y nuevos hermanos, cuando existe una orden judicial de cumplimiento del régimen de visitas a favor del progenitor no conviviente o de la familia extendida, que a requerimiento judicial no haya cesado con la actitud obstructiva.
La inscripción en el Registro o su baja se hace por orden judicial de oficio o a requerimiento de parte, en tanto que son varios puntos los que figuran como impedimentos. Por caso, obtener habilitaciones, concesiones, licencias, permisos ni celebrar contrato alguno con el Estado provincial. Acceder a cargos en el sector público provincial.
Asimismo y en igual sentido, el Tribunal Electoral de la provincia y el Consejo de la Magistratura, deberán difundir durante cinco días el listado de aquellos candidatos a cargos públicos electivos o inscriptos para acceder a cargos judiciales, que se encuentren en el Registro.