2026-08-13

FALLO JUDICIAL

Se lesionó jugando al fútbol, demoraron una cirugía y condenaron a la prepaga a indemnizarlo

El hombre sufrió una fractura de tibia y peroné y necesitaba una intervención quirúrgica urgente. La demora de más de tres semanas en la provisión del material modificó las condiciones de la lesión y, según una pericia médica, le provocó secuelas permanentes.

Un partido de fútbol terminó con una fractura de tibia y peroné en la pierna derecha para un jugador que, luego de ser atendido, recibió la indicación de realizar una cirugía con carácter urgente.

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Para la intervención era necesario contar con un set de clavos endomedulares. El pedido del material quirúrgico fue realizado al día siguiente de la lesión, pero la operación finalmente pudo concretarse más de tres semanas después.

De acuerdo con la causa judicial, el tiempo transcurrido modificó las condiciones de la fractura. Cuando llegó el momento de la intervención, se había formado un callo fibroso y se había producido un acortamiento de los músculos, circunstancias que dificultaron la colocación del clavo mediante la técnica habitual.

El protocolo quirúrgico dejó constancia de las dificultades generadas por la demora.

Secuelas y una incapacidad del 25%

Años después de la intervención, una pericia médica constató que el hombre presentaba una marcha alterada, cicatrices y un pequeño foco infeccioso en la zona afectada.

El especialista vinculó esas secuelas con la demora de más de 30 días para realizar la cirugía y explicó que, debido a las condiciones en las que se encontraba la lesión, fue necesario volver a fracturar el hueso para poder colocar el material quirúrgico.

A partir de esa evaluación, la pericia determinó una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 25%.

Ante esta situación, el hombre inició una demanda de daños y perjuicios contra Swiss Medical S.A., a la que atribuyó responsabilidad por la demora en la provisión del material necesario para la cirugía y reclamó una indemnización por las consecuencias derivadas de esa situación.

La condena de la Justicia Civil de Choele Choel

El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa de medicina prepaga a indemnizar al paciente.

En su resolución, la jueza sostuvo que las obras sociales y empresas de medicina prepaga tienen la obligación de garantizar un servicio de salud adecuado a sus afiliados y proteger su salud e integridad.

El fallo encuadró el vínculo entre el paciente y la empresa como una relación de consumo y aplicó las disposiciones de la Ley de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial, la Constitución Nacional y las normas que regulan las prestaciones de salud.

La sentencia también remarcó que los prestadores tienen deberes de información, seguridad y trato digno frente a sus usuarios.

La demora quedó acreditada

Al analizar las pruebas incorporadas al expediente, la magistrada consideró acreditado que el material quirúrgico había sido solicitado con carácter urgente y que la demora en su provisión afectó la evolución de la fractura.

La historia clínica, el informe del médico tratante y la pericia médica coincidieron respecto de las dificultades que produjo el tiempo transcurrido entre la lesión y la cirugía.

La sentencia señaló además que Swiss Medical no aportó una prueba técnica capaz de desvirtuar esas conclusiones.

El fallo también analizó los reclamos realizados por el paciente durante el período de espera. En ese punto, una pericia informática permitió verificar intercambios de correos electrónicos mantenidos con Swiss Medical y con Ospadep.

Para la jueza, el conjunto de la prueba permitió acreditar el incumplimiento, la demora injustificada y la vulneración de los deberes de información y trato digno, fundamentos que llevaron a responsabilizar a la empresa de medicina prepaga.

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