FEMICIDIO EN LUIS BELTRÁN
El Superior Tribunal de Justicia rechazó un nuevo recurso y confirmó la prisión perpetua por el crimen de Marisa Coliman en Luis Beltrán
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó un nuevo recurso presentado por la defensa de Ezequiel Nicolás Medina, condenado a prisión perpetua por el crimen de Marisa Coliman, ocurrido en julio de 2023 en la localidad de Luis Beltrán.
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La resolución declaró inadmisible el recurso extraordinario federal con el que la defensa buscaba revisar la condena por homicidio agravado por ensañamiento, dictada luego de que un jurado popular encontrara culpable al acusado.
De esta manera, la condena a prisión perpetua quedó firme en el ámbito de la Justicia provincial, luego de agotarse las instancias de revisión ante los tribunales rionegrinos.
La decisión contó con los votos de los jueces Sergio Ceci, Sergio Barotto y María Cecilia Criado, mientras que Liliana Piccinini y Ricardo Apcarian se abstuvieron al haberse alcanzado la mayoría necesaria.
Los argumentos del Superior Tribunal de Justicia
Al analizar la presentación, los magistrados identificaron deficiencias formales y cuestionaron los fundamentos utilizados por la defensa para intentar acceder a una nueva instancia de revisión.
El recurso había sido presentado por el defensor penal Juan Pablo Chirinos, con el respaldo del defensor general Ariel Alice.
Entre las observaciones, el STJ señaló que la presentación no cumplía con determinados requisitos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que tampoco desarrollaba una fundamentación autónoma suficiente.
Además, consideró que la defensa pretendía volver a discutir cuestiones relacionadas con la valoración de las pruebas que ya habían sido examinadas durante el proceso judicial.
Esta postura coincidió con el planteo del fiscal general Fabricio Brogna, quien había solicitado que el recurso fuera declarado inadmisible.
La discusión sobre el ensañamiento
Uno de los principales argumentos de la defensa estuvo relacionado con la calificación legal del homicidio.
Chirinos sostuvo que no existían pruebas suficientes para demostrar que la víctima hubiera percibido un sufrimiento adicional durante el ataque, un elemento relevante para configurar el delito de homicidio agravado por ensañamiento.
En ese sentido, planteó que la primera lesión había sido determinante para provocar la muerte y cuestionó que las heridas posteriores permitieran acreditar una intención deliberada de aumentar el sufrimiento.
Sin embargo, el Superior Tribunal de Justicia rechazó ese razonamiento y respaldó la valoración realizada durante el juicio.
Los magistrados señalaron que la conclusión del jurado no se había basado únicamente en la cantidad de heridas, sino en el análisis integral de las circunstancias del ataque.
Según los elementos médicos considerados en el proceso, Marisa Coliman habría sobrevivido entre dos y cuatro minutos después de recibir la lesión que finalmente provocó su muerte.
Durante ese intervalo continuó la agresión con un arma blanca, circunstancia que fue considerada relevante para acreditar el ensañamiento.
Un crimen que conmocionó a Luis Beltrán
Marisa Coliman, de 43 años, fue asesinada en julio de 2023 en su vivienda de Luis Beltrán, en un hecho que provocó una profunda conmoción en la comunidad del Valle Medio.
Durante el proceso judicial también se investigó la agresión sufrida por uno de los hijos de la víctima, quien resultó lesionado durante el episodio.
En septiembre de 2025, un jurado popular declaró a Medina culpable del homicidio agravado por ensañamiento y de lesiones leves contra el hijo de Coliman.
Posteriormente, el 29 de octubre de 2025, el juez técnico Alejandro Pellizzon le impuso la pena de prisión perpetua, tal como habían solicitado la Fiscalía y la parte querellante.
El recorrido judicial hasta la última resolución
La defensa presentó diferentes recursos para intentar revertir la sentencia.
El 3 de febrero de 2026, el Tribunal de Impugnación, integrado por Miguel Ángel Cardella, María Rita Custet Llambí y Carlos Mohamed Mussi, confirmó la condena.
Más adelante, el 12 de mayo, ese mismo tribunal rechazó la habilitación de la vía extraordinaria, mientras que en julio el Superior Tribunal de Justicia desestimó una nueva presentación mediante la Sentencia N° 88/26.
Finalmente, con esta última resolución, el STJ declaró inadmisible el recurso extraordinario federal y mantuvo la condena a prisión perpetua, cerrando las posibilidades de revisión ante la Justicia rionegrina, sin perjuicio de las vías que pudieran intentarse ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.