15/04/2026

Homicidio culposo en Lamarque: declararon los primeros testigos

En una audiencia realizada de manera híbrida, se escucharon los testimonios traídos a juicio por el Ministerio Público Fiscal.
La audiencia se llevó a cabo en General Roca. Fotos: Tania Domenicucci
La audiencia se llevó a cabo en General Roca. Fotos: Tania Domenicucci

Hoy se concretó la primera jornada de debate donde se discute la responsabilidad penal de un hombre de 48 años, oriundo de Bariloche, que habría provocado un accidente donde perdieron la vida tres personas.

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Desde las 8:30 de la mañana, en una audiencia realizada de manera híbrida, se escucharon los testimonios traídos a juicio por el Ministerio Público Fiscal. En primera instancia lo hizo el oficial del Cuerpo de Seguridad Vial de Pomona, luego la representante del Gabinete de Criminalística de Valle Medio, y en la segunda parte de la jornada declararon cuatro testigos presenciales del hecho.

De acuerdo a la pretensión punitiva explicitada oportunamente por la fiscalía -mayor a tres años de prisión- el debate se lleva a cabo frente a un Tribunal Colegiado, que continuará hasta este viernes.

Cabe recordar que el hecho que se investiga sucedió el 2 de enero de 2024, a las 9 de la mañana aproximadamente, en el kilómetro 263 de la Ruta Nacional 250, entre Lamarque y Pomona.

“El imputado conducía una Chevrolet Meriva y se movilizaba junto a su pareja y sus dos hijos de 16 y 12 años, cuando impactó de frente con el Peugeot 408 donde iban las tres víctimas fatales, de 33 y 65 años. Producto de ello ambos autos se incendiaron”, explicó la fiscal del caso de Choele Choel.

“Según nuestra teoría del caso, el accidente se produjo por el accionar imprudente y antirreglamentario del imputado, pues hizo un adelantamiento prohibido por la línea amarilla continua en el carril por donde circulaba y con 0,23 gramos de alcohol en sangre”, describió la fiscal.

La calificación legal por la cual la fiscalía, con adhesión de las querellas, buscan que se declare al hombre responsable penal es la de “homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo con motor agravado por el número de víctimas (tres)”, según los Artículos 45, 84 bis 2do párrafo del Código Penal.