El STJ dejó firme la condena por vejaciones contra un policía en la causa Solano II

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó el recurso presentado por la querella y confirmó la condena de Walter Echegaray a dos años y seis meses de prisión en suspenso por vejaciones. También quedaron firmes las absoluciones de otros dos efectivos.

5 agosto, 2026

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la condena por vejaciones contra Walter Echegaray. Foto: gentileza.
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la condena por vejaciones contra Walter Echegaray. Foto: gentileza.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja presentado por la querella en la causa conocida como "Solano II", dejando firme la condena por el delito de vejaciones contra el policía Walter Raúl Echegaray y ratificando las absoluciones de Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz.

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La resolución pone fin a las instancias ordinarias de revisión en el segundo proceso vinculado con la desaparición del trabajador salteño Daniel Solano, ocurrida en noviembre de 2011 en Choele Choel.

El máximo tribunal provincial fundamentó su decisión en que el recurso presentado por la querella no cumplió con los requisitos formales establecidos por la normativa vigente y tampoco logró demostrar la supuesta arbitrariedad del fallo dictado anteriormente por el Tribunal de Impugnación.

Los jueces señalaron que no alcanzaba con cuestionar la valoración de las pruebas, sino que era necesario acreditar de manera concreta los errores denunciados. En ese sentido, consideraron que los planteos realizados constituían una "mera discrepancia subjetiva" con la sentencia.

Con esta decisión, quedó confirmada la condena contra Walter Echegaray, quien fue declarado responsable del delito de vejaciones por su participación en la detención abusiva de Daniel Solano a la salida del boliche Macuba Megadisco.

La Justicia le impuso una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y una inhabilitación especial por cinco años para desempeñar funciones vinculadas a la seguridad o portar armas.

Durante el juicio se acreditó que Echegaray participó de las agresiones sufridas por Solano en el momento de su detención. Sin embargo, fue absuelto de la acusación por homicidio agravado como partícipe necesario al no encontrarse pruebas suficientes que demostraran que conocía el plan que derivó en la desaparición del joven.

El STJ también confirmó las absoluciones de Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz, quienes habían sido juzgados por presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado.

Los magistrados entendieron que no existían elementos suficientes para demostrar que ambos policías conocieran o participaran de la maniobra destinada a ocultar el destino de Daniel Solano, por lo que correspondía aplicar el beneficio de la duda.

Un caso que marcó a Río Negro

Daniel Solano desapareció el 5 de noviembre de 2011 en Choele Choel, luego de denunciar presuntas irregularidades laborales mientras trabajaba como cosechero temporario en el Valle Medio.

El caso se convirtió en uno de los hechos de violencia institucional más emblemáticos de Río Negro. En 2018, siete policías fueron condenados a prisión perpetua por su participación en el homicidio del joven.

Con el rechazo del recurso por parte del STJ, la sentencia dictada en la causa Solano II quedó firme en el ámbito provincial, aunque la querella aún conserva la posibilidad de presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.